En el marco del “Plan de Fortalecimiento de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en las Universidades Nacionales” (Ac. Pl. Nº 676/08 y 687/09), el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) otorgará Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas (Becas EVC–CIN) para estudiantes universitarios de grado que deseen iniciar su formación en investigación en el marco de proyectos de investigación acreditados, que se desarrollen en el ámbito de las instituciones universitarias públicas (IUP) y cuenten con financiamiento, en disciplinas científicas, humanísticas, tecnológicas o artísticas.
Las IUP que presenten postulantes deberán recibir las solicitudes para analizar su admisibilidad y brindar los avales correspondientes. Los aspirantes deberán completar y presentar los formularios elaborados ad hoc, conjuntamente con el Plan de Trabajo y el aval de su director y de la autoridad de la Unidad Académica en la que se llevará a cabo la investigación. Una vez cerrado el período de inscripción, la SECYT de cada IUP realizará la admisión de las presentaciones, conforme a los requisitos establecidos en el Reglamento y las exigencias de los formularios ad hoc. En caso de incumplimiento en cualquiera de los ítems exigidos la presentación será declarada no admisible.
Los becarios que ya se encuentren desarrollando una Beca de Estímulo a las Vocaciones Científicas de la Convocatoria 2013, podrán presentarse a la Convocatoria 2014 adjuntando un informe de su director, avalando su desempeño satisfactorio. En caso de ser beneficiado con una beca en la nueva convocatoria, estará supeditada a la aprobación del Informe Final a presentar dentro de los 30 días de finalizada la beca, según establece el artículo 14 del Reglamento de Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas 2014.
Para la evaluación de las postulaciones se conformará una comisión multidisciplinaria especial por Región, con participación de evaluadores extra-regionales y que incluya al menos un evaluador por cada gran área. En caso que el número de presentaciones lo requiera, podrán incrementarse el número de evaluadores respetando la condición de multidisciplinariedad. La selección de las postulaciones se basará en: i. Antecedentes académicos del postulante dado por el promedio de materias aprobadas (calculado según fórmula de Art. Nº10 del Reglamento 2014); ii. Antecedentes del postulante; iii. Plan de trabajo del becario de acuerdo con consistencia y posibilidad de concretarlo en el tiempo de duración de la beca; iv. Antecedentes del director y co-director si lo hubiera. Para el otorgamiento de la beca, la presentación deberá superar el puntaje mínimo establecido en 60 puntos.
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